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OTROS : SEGURO DE VIAJES, SEGUROS DE IMPAGO, DEFENSA JURÍDICA

SEGURO DE VIAJES

SEGURO MÍNIMO

Este seguro está incluido en todos los billetes de viajes combinados, entre sus coberturas destaca: retraso superior a cinco horas respecto a la hora prevista, la compañía debe facilitar un transporte alternativo e incluso alojamiento si fuese necesario, en algunos casos el usuario tendrá también derecho a indemnización (conviene leer las condiciones del billete.

En caso de que por problemas técnicos de la compañía tenga que anularse el vieje esta devolcerá el importe íntegro del viaje al usuario y se hará carga de los gastos de hospedaje y manutanción que esta situación le haya ocasionado.

En los viajes de avión, en caso de overbooking, las indemnizaciones variarán dependiendo de las condiciones del billete: indemnización, aplazamiento del viaje, transporte de sustitución...

En el supuesto de fallecimiento, repatriación del cadaver

Es conveniente conocer las coberturas del seguro mínimo y valorar si nos interesaría ampliar estas a través de un seguro complementario.

 

SEGURO DE CANCELACIÓN DEL VIAJE

Contratar el viaje con antelación puede conllevar descuentos interesantes pero ¿si nuestra situación cambia finalmente no podemos viajar? Por si ocurriera algún imprevisto podemos contratar un seguro de cancelación que nos saldría por unos 12 euros. Contratando este seguro, y siempre que alegemos fuerza mayor a la agencia, esta tiene que hacerse cargo de todos los gastos ocasionados. En caso de que no tengamos este seguro debemos hacer frente al 25% del dinero adelantado y a los gastos por la emisión de los billetes siempre que avisemos con al menos 48 horas de antelación a la hora de salida.

Este seguro de cancelación es opcional e indemniza a los usuarios que por fuerza mayor (muerte, enfermedad propia o de familiares, traslado por motivos laborales... Conviene revisar las situaciones que nos cubriría y las exclusiones.

SEGUROS ADICIONALES

Al margen del seguro de cancelación existen otros seguros que permiten ampliar las coberturas del seguro mínimo contratado. Puede ser interesante o no en función del país al que vayamos, del objeto del viaje, del timepo que vayamos a estar... Los precios varían en función de las coberturas que nos ofrecen. Sobre todo, dependiendo del país al que vayamos a viajar es importante contratar asistencia sanitaria.

Comprobar las coberturas del seguro mínimo es esencial, debería incluir los equipajes, accidentes, demoras, asistencia a personas y la responsabilidad civil.

Sobre el equipaje, será conveniente que se cubran los robos y el retraso en la entrega del mismo. Con respecto los accidentes, su aseguradora debe garantizarle una indemnización en caso de fallecimiento o invalidez. Las demoras de transporte, anulaciones de salidas por huelgas, pérdidas de enlaces con otros medios u overbooking deben ser también contempladas. Tenga también en cuenta que su seguro cubra los gastos médicos, el billete de ida y vuelta para un familiar en el caso de hospitalización, las repatriaciones y el regreso anticipado por la muerte u hospitalización de un familiar directo. Por otra parte, será necesario también que se recojan las indemnizaciones pecuniarias, así como las costas y gastos judiciales ocasionados por responsabilidad civil.

Estos tipos de pólizas contienen limitaciones y así normalmente se viene a contratar el riesgo de robo de equipajes con un limite de 300 euros por persona y la asistencia sanitaria, hospitalización, etc., con unos limites de 1.500 euros; si es en territorio nacional, o 3.000 euros si es en el extranjero.

Seguridad Social

La asistencia sanitaria a cargo de la Seguridad Social se da en desplazamientos temporales por distintos países, con derecho a prestación de asistencia sanitaria inmediata en caso de enfermedad imprevista o accidente.

Se ofrece en los países de la Unión Europea, Noruega, Islandia y Liechtenstein, además de otros con convenio bilateral como Andorra, Brasil, Chile, Ecuador, Panamá, Paraguay y Perú, a todas las personas con derecho a asistencia sanitaria de la Seguridad Social española.

Antes de partir hay que acudir a los centros de información de las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S.) y cumplimentar el formulario E-111, en el que se especifican los datos necesarios para tener derecho a estas prestaciones.

 

ADICAE Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros

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