Cuentas corrientes o depósitos a la vista
Cuenta corriente es un producto a través del que el usuario puede ingresar dinero en una entidad, quedando ésta obligada a su devolución en cualquier momento (por eso se denominan “a la vista”) en que sea solicitado. Por lo general, aunque no siempre, la entidad ofrece al usuario una remuneración o tipo de interés por el dinero depositado. La entidad presta un “servicio de caja”, de manera que se compromete a realizar los pagos y cobros que el usuario le encargue. Por ejemplo: ingresos de efectivo, domicilación de recibos demluz, agua, pagos de cheque..., servicios por los que la entidad puede cobrar comisión o realizar gratuitamente: recuerde, negocie las comisiones, no se deje cobrar cualquier comisión o gasto.
Cuentas o libretas de ahorro
Las diferencias más importantes con respecto a las cuentas corrientes son que la entidad le entrega al usuario una libreta, en la que se van anotando los movimientos de la cuenta. La cuenta de ahorro, con la finalidad de dar mayor permanencia al saldo depositado, puede ofrecer menos facilidades para realizar ingresos y pagos. No suele existir la posibilidad de tener un talonario de cheques. En muchos casos, tampoco permiten domiciliar recibos (una fórmula para realizar pagos habituales, como la luz o el teléfono). Para compensar estas restricciones, las entidades pueden dar un tipo de interés algo más alto que en las cuentas corrientes, auqnue a hora son ridículos. Negocie un interés más alto. No tenga demasiadas cuentas abiertas, si no las comisiones se pueden comer su ahorro.
Depósitos a plazo
Productos a través de los cuales el consumidor entrega una cantidad de dinero a una entidad de crédito durante un tiempo determinado. Transcurrido ese plazo, la entidad se lo devuelve, junto a la remuneración pactada (superior a la de los depósitos a la vista), salvo que se acuerde con la entidad el cobro periódico de intereses mientras dure la operación. Habitualmente, los contratos de depósito a plazo incluyen la posibilidad de sacar dinero del depósito antes de que pase el plazo acordado, a cambio de una penalización o de una comisión. Cuidado: hay depósitos en los que la rentabilidad está vinculada a la evolución de un índice, al valor de una cesta de acciones o incluso a que tenga lugar o no un acontecimiento futuro. Son los “depósitos estructurados”... no se fie y acuda a ADICAE antes de contratar para asegurarse lo que le ofrecen.
Estructurados o “contrato financieros atípicos”
Antes también llamados “contratos financieros atípicos, son productos en los que bancos y cajs de ahorro, bajo la falsa denominación de “depósito” no se compromete a devolver el 100 por 100 de lo entregado a su vencimiento. La rentabilidad de lo invertido, están vinculados a la evolución de un índice o de un particular tipo de acciones. A su vencimiento, el inversor se encuentra con que no se le devuelve el capital, sino el valor de las acciones que se había comprometido a comprar, con el valor que tengan en ese momento, o las propias acciones, de forma que, si su valor es menor que el que tenían al contratar el producto, el usuario perderá parte de lo invertido. No se fie y acuda a ADICAE con las ofertas que sospeche respondan a esta descripción.
Inversiones o depósitos “dobles” o “mixtos”
La inversión se divide en dos tramos, la primera suele ser un depósito a plazo fijo, normalmente de pocos meses, que se remunera a un tipo de interés fijo elevado, y en el que suele ofrecerse “liquidez inmediata. La segunda suele ser un producto financiero de larga duración y cuya rentabilidad suele fluctuar, ya sea por tratarse de un depósito cuya rendimiento depende de un índice variable ya por ser una participación en un fondo de inversión o de pensiones sujeto por naturaleza a las fluctuaciones de los mercados. Ambos tramos están vinculados entre sí de forma que la obtención de la rentabilidad del depósito a plazo fijo está condicionada a suscribir y mantener el producto de larga duración. Incluso si se trata de un depósito donde está prevista la devolución del 100 por 100 de la inversión es importante valorar con detalle las circunstancias que pueden influir en la rentabilidad del producto central de la inversión. Por ejemplo, se debe ser consciente de que la revalorización media mensual de un índice bursátil no es lo mismo que su revalorización absoluta entre las fechas de contratación y vencimiento.
La cuenta ahorro-vivienda
Lo que diferencia una cuenta de ahorro-vivienda de una cuenta de ahorro normal es que el cliente se compromete a usar las cantidades depositadas en ella para financiar la compra de su vivienda habitual, a cambio de beneficiarse de un trato fiscal favorable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) El usuario puede elegir cualquier cuenta o depósito a plazo, como su cuenta ahorro-vivienda. Sólo tiene que identificarla como tal en su declaración del I.R.P.F., comprometiéndose a partir de entonces ante la Hacienda Pública a no utilizar el dinero allí depositado más que para comprar su vivienda habitual. Algunas entidades ofrecen cuentas de ahorro con el nombre de “cuenta de ahorro vivienda”, que tienen una remuneración más alta que la correspondiente a una cuenta de ahorro normal, siempre que el cliente se comprometa a identificar esa cuenta a efectos fiscales, en su declaración del IRPF.
Las operaciones de 'repos' o cesiones temporales de activos
Son un producto que ofrecen las entidades de crédito para captar fondos del público. El usuario entrega un dinero a la entidad y ésta adquiere para él, o le vende de su propia cartera, unos determinados valores, comprometiéndose a recomprárselos por un importe mayor en una fecha posterior. La diferencia de precio es el interés que usted consigue. Las cesiones temporales, también llamadas “repos”, son una operativa típica del mercado de deuda pública anotada en España.
Fondos de inversión
Consiste en comprar participaciones en una cartera de activos. Una primera clasificación permite distinguir entre fondos de inversión mobiliaria que son instituciones de inversión colectiva que invierten en activos financieros, y fondos de inversión inmobiliaria que son instituciones de inversión colectiva que invierten fundamentalmente en inmuebles para su explotación en alquiler. Son fondos, en general, menos líquidos que los de naturaleza financiera. Existen los siguientes tipos de fondos de inversión mobiliaria: ordinarios, que invierten mayoritariamente en renta fija, renta variable y/o derivados; de fondos, que invierten mayoritariamente en otros fondos de inversión; subordinados, que invierten en un único fondo de inversión; índice, cuya política de inversión trata de replicar un determinado índice y cotizados (ETF), que se negocian en las bolsas de valores, como las acciones. Cuidado porque son productos complejos y arriesgados.
En los fondos de inversión hay distintos tipos de comisiones: de gestión, depósito, de suscripción , de reembolso, etc. Junto a las comisiones, existen otros gastos que también tienen repercusión en la rentabilidad final. Un concepto relevante, que se encuentra en el folleto, es el de gastos totales soportados por el fondo o TER (expresados como un porcentaje sobre el patrimonio del fondo). Los gastos totales incluyen las comisiones de gestión y depositario, los servicios exteriores y otros gastos de explotación. Cuanto menor sea este porcentaje, mayor beneficio para los partícipes. Un fondo de inversión puede aplicar distintas comisiones a las distintas clases de participaciones que emita, que se diferencian por criterios como las políticas de comercialización, el volumen de inversión, la divisa de denominación u otros parámetros. En el folleto informativo se recoge la política de inversión de un fondo, sus comisiones y demás características y elementos esenciales.
Productos de renta fija
Los valores de renta fija incluyen:
Letras del Tesoro:
Son valores de deuda pública de renta fija a corto plazo. Los valores están representados mediante la inscripción en registros contables especiales en lugar de por títulos físicos. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros y las peticiones de importe superior deben ser múltiplos de 1.000 euros.
Son valores emitidos al descuento, su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra (valor nominal) y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro. La emisión de estos productos se realiza mediante una subasta.
Bonos y obligaciones del Estado:
También son valores de deuda pública, emitidos por el Tesoro a un plazo superior a dos años. Son productos de inversión similares excepto en el plazo de duración, puesto que los Bonos del Estado tienen una duración de entre 2 y 5 años mientras que en las obligaciones el plazo es superior a 5 años. Son títulos de interés periódico y expresado como un porcentaje del valor nominal del activo, característica que los diferencia de las Letras del Tesoro. Tributación: rendimiento de capital mobiliario, sobre los cupones realizará una retención por
anticipado del IRPF del 18%.
Productos de deuda privada:
Podemos encontrar títulos emitidos al descuento o pagadores en cupones periódicos. Las reclamaciones en materia de renta fija suelen ser las menos habituales puesto que son los productos más sencillos y clásicos, muchos de ellos emitidos por estados, con lo cuál quedan más al margen las reclamaciones.
No obstante podrían suceder algunas de las ya señaladas que inciden en las condiciones del contrato: Falta de autorización para retirar el producto, adeudo de comisiones no pactadas, cláusulas oscuras en los contratos
Acciones
Quizás sea la parte más compleja para el pequeño inversor puesto que es un ámbito que le
genera por lo general bastante desconfianza. El inversor puede invertir a través de acciones
en bolsa mediante la puesta en contacto con su banco, caja u otro intermediario financiero
que tenga acceso al mercado donde coticen las acciones que queremos comprar. Están habilitados para ejercer la intermediación bursátil los Bancos, las Cajas de Ahorros, las Sociedades y Agencias de Valores y Bolsa y las Sociedades Gestoras de Cartera
El elemento principal es una cuenta de valores, a través de ésta se administrará la cartera de valores que tengamos, es decir, las compras y ventas, suscripciones, etc.
Una vez abierta una cuenta con un intermediario, de acuerdo con lo pactado, se pueden dar las órdenes a través de las oficinas de la Sociedad o Agencia de Valores, vía teléfono, fax o a través de Internet. A este respecto es importante conocer de antemano las comisiones que nos aplicarán por operación realizada y los servicios contenidos con el intermediario elegido.
Una vez abierta la cuenta de valores hay que tramitar una orden que deberá ser firmada por el cliente. También hay otros sistemas admitidos como son las órdenes telefónicas (siempre que el intermediario disponga de un sistema de grabación de las mismas) y las órdenes efectuadas
a través de internet (con sistemas prediseñados de órdenes y con elementos suficientes de seguridad). Esta es una materia habitual en materia de reclamaciones, pero es necesario saber que, en cualquier orden debe figurar, entre otras cosas, la identificación del inversor, la
clase del valor, el sentido de la orden (compra o venta), el plazo de vigencia, el precio y el número de títulos.
A continuación se desencadena un proceso de ejecución y confirmación de la orden bastante rápido. Una vez ejecutada, ya sólo queda la fase de liquidación, es decir, el intercambio de valores por dinero que prosigue a toda operación de mercado y es gestionada por el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores.
A lo largo de nuestro periplo en bolsa vamos a realizar diversas órdenes, que en muchos casos producirán reclamaciones posteriores, las órdenes que se pueden dar son:
- a) Limitadas: Se fija el precio máximo al que se está dispuesto a comprar acciones, o bien el precio mínimo para vendarlas.
- b) “On Stop” : El ejecutar la orden depende de las órdenes de compra o de venta de otros inversores, es decir órdenes del tipo “comprar si sube de “o “vender si baja de”.
- c) Por lo Mejor: La orden no tiene límites, se compra al precio más bajo disponible o se vende al más alto que sea posible conseguir.
- d)De ejecución mínima: Dado que en la Bolsa se compran y venden acciones por “lotes” a un mismo precio, este tipo de orden exige que al menos una cantidad mínima del importe de la orden se haga a un mismo precio, y el resto se va negociando lote por lote.
PLANES DE PENSIONES
Es un contrato mediante el cual el ahorrador se compromete a realizar unas aportaciones, que se invertirán a través de un fondo de pensiones. El fondo de pensiones es el que gestiona el dinero del partícipe invirtiéndolo en determinados tipos de activos, cobrando unas comisiones anuales de gestión y de depósito.
En función de quién realiza las aportaciones, podemos ditinguir entre planes del sistema individual (las aportaciones las realiza el propio ahorrador), planes del sistema de empleo (en el que las aportaciones las efectúa la empresa a favor del partícipe) y planes del sistema asociado (especiales para determinados colectivos...).
Los planes de pensiones pueden invertir el dinero de los ahorradores en varios tipos de activos: acciones, renta fija, divisas,...
PLANES DE JUBILACIÓN
Son un producto para ahorrar a largo plazo y sirven como complemento a la jubilación pública. Constituyen una fórmula de ahorro cuyas prestaciones son complementarias o independientes a la Seguridad Social. Realmente, soon un seguro de vida-ahorro que cubre diferentes contingencias, como pueden ser la vida, la muerte o la invalidez. El beneficiario, a cambio del pago de una prima de forma única o periódica (mensual, trimestral, semestral o anual), recibe el capital asegurado al término del contrato en caso de supervivencia, o con anterioridad a la fecha si se trata de casos de invalidez o muerte. En este último caso, el capital lo reciben los herederos del beneficiario del seguro. Los planes de jubilación son técnicamente seguros mixtos, ya que combinan un componente de riesgo con otro de ahorro.
UNIT LINKED
Son seguros de vida (garantizan una cobertura en caso de fallecimiento) en los que el asegurado asume el riesgo. Es decir, no tiene garantizada rentabilidad alguna. “Unit Linked” es una expresión que significa “unidades de cuentas ligadas”. En realidad, es un seguro de vida-ahorro, que invierte las primas aportadas en diversos activos, generalmente fondos de inversión. Presenta las ventajas fiscales de los seguros de vida y la rentabilidad y la liquidez de los fondos de inversión. El usuario dispone de un conjunto cerrado de inversiones posibles, diferentes en cada entidad aseguradora. Estas inversiones suelen ser o bien fondos de inversión o bien cestas de activos en los que la aseguradora combina en sí diversas inversiones.
El asegurado es quien distribuye la prima que aporta entre todas las alternativas que le ofrecen y cuando esa prima ya es ahorro acumulado, la puede cambiar de sitio.
(PIAS) Planes Individuales de ahorro sistemático
Es un producto de previsión para el largo plazo, con la forma de un seguro de vida. Permite hacer aportaciones de hasta 8000 euros anuales (independientemente de las aportaciones realizadas a planes de pensiones o planes de previsión asegurados), con un vólumen máximo alcanzado por este plan que no puede superar los 240.000 euros. El producto también incluye cobertura por fallecimiento, lo que permite a sus titulares recibir el capital invertido. La ventaja de los planes individuales de ahorro sistemático es que, en el futuro, cuando el titular decida rescatar su ahorro, estará exento de tributación si lo recupera en forma de renta vitalicia y han pasado más de diez años desde que se contrató.
Los Futuros:
Un contrato de futuros es un acuerdo estandarizado para comprar o vender un activo, en una
fecha futura, a un precio fijado en el presente. Tienen un riesgo elevado puesto que son productos apalancados, es decir, productos que con una pequeña cantidad invertida es como si se invirtiesen grandes cantidades de dinero.
Las Opciones:
Contrato que otorga a quién lo posee el derecho, y no la obligación, a comprar o vender en un futuro un activo a un precio y una fecha determinada.
Los Warrants:
Son opciones a largo plazo que cotizan en la bolsa y dan a su poseedor el derecho, no la obligación, a comprar o a vender un número determinado de valores sobre un activo a un precio de ejercicio determinado, en un plazo de vencimiento prefijado.