Los medios de pago y servicios financieros a distancia:
Por una regulación completa de las nuevas tecnologías
para los consumidores y problemas de seguridad y fraude.
Dentro de lo que denominamos genéricamente "medios
de pago", se engloba una serie de productos y servicios que
nos facilitan las entidades financieras, y de uso altamente extendido
en la actualidad.
Productos y servicios todos ellos, heterogéneos entre sí,
que hacen que el marco legislativo que los regula sea enormemente
difuso, y difícil de concretar. Así, mientras cheques
y pagares se encuentran con una abundante y clara legislación
española, las tarjetas no poseen una regulación especifica,
pese al esfuerzo legislativo comunitario, llevado por la proliferación
del uso de estos productos en años recientes.
Además, debemos distinguir entre aquellos medios de pago
que sólo permiten movilizar nuestro dinero, de aquellos que
incorporan un crédito del que poder hacer uso.
Desde la instituciones comunitarias, se ha puesto el acento en
el desarrollo de los medios de pago, sobre todo, aquellos que llevan
la etiquetas de electrónicos, que son indudablemente, lo
que mayor presente y futuro van a tener en la relaciones económicas
dentro de la Unión.
A este respecto, desde Bruselas se ha considerado que el desarrollo
de los medios de pago electrónicos guarda una estrecha relación
con el desarrollo de una autentico mercado interior europeo, y que
la libre circulación de mercancías y capitales solo
llegará a ser plenamente eficaz si sé disponer del
apoyo tecnológico de este medios de pago.
Además, es importante formular algunos principios generales
de comportamiento en las relaciones usuarios-entidades que eviten
situaciones de uso fraudulento de las mismas en caso de robo, extravío
o cualquier actividad ilícita realizada contra la voluntad
del consumidor.
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